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 Parques y Jardines
Ordenanza de Arbolado, parques y Jardines en el Municipio de Bormujos (Sevilla)

En el momento presentes, dado el incremento constante de construcción de distintas modalidades de parques y jardines, se ha puesto en evidencia la necesidad de contar con una normativa que regule esta materia más de acorde con la situación actual, para conseguir que el uso de los mismos se realice de forma que mantenga su medio ecológico, el decoro, estética o la tranquilidad y sosiego característico de tales lugares públicos y sea acorde con el destino normal de los elementos de mobiliario urbano existente en tales lugares públicos, evitando su destrucción, deterioro y prematuro envejecimiento.

Se trata por tanto, de conseguir con la presente Ordenanza un instrumento jurídico de protección de los Parques, Jardines o Plazas ajardinadas de carácter público, tendente a concienciar a los ciudadanos que deben usar y disfrutar de los mismos en forma que se facilite su utilización adecuada.

Así como a evitar que se produzcan daños o desperfectos, estableciéndose además de la obligatoria reparación a cargo del responsable, la sanción que corresponda de acuerdo con estas ordenanzas.

Las numerosas obras que se vienen ejecutando en las vías y plazas públicas ajardinadas, las concentraciones de ciudadanos en actos y espectáculos públicos, la invasión de vehículos en estas zonas etc., exigen un mayor cuidado y atención para proteger, en la medida de lo posible las plantaciones y arbolado existentes, viniendo esta Ordenanza a cumplir o complementar las disposiciones vigentes en la materia.

Primera.- Estimular la conservación por los vecinos, mediante el respeto y cuidado del arbolado, incluso el privado, y zonas verdes.

Segunda.- Fomentar la participación vecinal en la conservación de las zonas verdes, destinadas al uso público, mediante la firma de Convenios de Colaboración.

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